La jueza de Familia, Niñez y Adolescencia, Silvina Arancibia Narambuena, impuso una multa de 1.185.000 pesos a la provincia por no cumplir con la sentencia que le ordenó constituir un equipo interdisciplinario con el objeto de implementar los programas relativos a la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia en Cutral Co y Plaza Huincul, conforme lo dispuesto en la ley 2302.
La defensora de los Derechos del Niño y el Adolescente de Cutral Co, Natalia Stornini, presentó una acción de amparo en la que requirió la formación de un equipo dependiente del ministerio de Desarrollo Social, en su Delegación Cutral Co- Plaza Huincul, integrado por trabajadores sociales, psicólogos y abogados.
En febrero de 2015 se hizo lugar a la demanda en primera instancia, y se dispuso su formación en un plazo perentorio de 70 días. El fallo fue confirmado por la Cámara Civil del Interior en agosto del mismo año.
El planteo que hizo la Provincia en su momento era que con esta decisión se avanzaba sobre facultades discrecionales del poder Ejecutivo. La camarista Alejandra Barroso aseguró en su voto que no se están “disponiendo medidas de gobierno de alcance general, sino que se está decidiendo sobre un caso concreto, sobre medidas que, a criterio de la sentenciante (y de la requirente), resultarían eficaces para garantizar los derechos vulnerados”.
Arancibia Narambuena consideró que la Provincia no acreditó el cumplimiento de esta sentencia. Incluso señaló en el fallo que los profesionales de su juzgado han debido “suplir la inacción de la demandada”. Manifestó que “el equipo interdisciplinario no es un órgano destinado a existir por el simple hecho de existir sino que tiene un fin específico asignado por la ley”.
Fue por eso que resolvió el 6 de marzo pasado imponer la multa millonaria. La decisión judicial fue apelada por la Provincia. No es el primer revés que enfrenta, ya que fue obligada, amparo mediante, a informar sobre el cumplimiento de la Ley de Hogares (ver aparte).
“La Provincia lo que hizo durante todo este tiempo siempre fue tratar de justificar el cumplimiento de la sentencia, que obviamente no lo pudo justificar”, dijo Stornini. Añadió: “hoy la realidad del organismo es peor que cuando se inició el amparo: en ese momento había tres asistentes sociales y ahora para trabajar esas situaciones hay solamente una y la otra asistente social que queda está asignada a cuestiones meramente asistenciales. Hay un psicólogo y no hay abogado”.
En números
$ 1.185.000
es el monto que la jueza de Familia, Silvia Arancibia Narambuena, obliga a
pagar por la omisión.
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