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Jubilaciones de privilegio en Neuquén.. Quienes NO renunciaron al beneficio

Pese a que la norma aplica a futuro, la autoexclusión que hizo Rolando Figueroa invitaba a imitar el ejemplo. Pero el grueso de los legisladores aún no lo hizo.

La sanción de la ley que deroga las jubilaciones de privilegio en la provincia de Neuquén para cargos electivos aplicará a futuro, es decir, para quienes asuman como resultado de los próximos actos eleccionarios, que se llevarán a cabo recién en 2027.

La norma, impulsada por el gobernador Rolando Figueroa, lo que busca para el presente es que la clase política tenga un gesto ahora. De ahí, la autoexclusión que hizo el propio mandatario a percibir el beneficio.

¿Pero qué pasó con los diputados que integran la actual Legislatura y que votaron por unanimidad la norma?

Junto con Figueroa, firmaron su renuncia a las jubilaciones de privilegio en el anexo del proyecto que derogó la ley 1282, el bloque completo de diputados del MPN: Daniela Rucci, Claudio Domínguez, Ludmila Gaitán, Gerardo Gutiérrez, Paola Cabeza, Ramón Fernández, Patricia Fernández, Juan Sepúlveda, Cielubi Obreque y Gabriel Álamo.

Además, Francisco Lepore, legislador por Avanzar que integra el oficialismo, renunció a su jubilación de privilegio ante el Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN), mientras que los diputados del Frente de Izquierda Unidad, Andrés Blanco y Gabriela Suppicich, lo hicieron ante escribano público.

El resto de los diputados y diputadas (22), sumado a la presidenta de la Legislatura, Gloria Ruiz, aún no se manifestaron al respecto.

A su vez, Figueroa redoblaría la apuesta con relación a este tema, dado que enviaría otro proyecto de ley a la Cámara para pedirle a los actuales aportantes del régimen de privilegio del ISSN que aclaren, por sí o por no, si se jubilarán con esas condiciones o se acogerán al sistema ordinario.

Gesto

Todo forma parte de lo que el gobierno provincial busca en cuanto a dar un mensaje a la sociedad de parte de la clase política, ya que para que las condiciones establecidas en la ley que aprobó la Legislatura, como también de la nueva norma que se pretende enviar se cumplan, esto requiere, en primer lugar, que la persona en condiciones de recibir el beneficio cumpla con la cantidad de aportes necesarios al ISSN. Y, que, cuando llegue al momento de jubilarse, mantenga su renuncia al sistema de privilegio.

Por lo pronto, lo que se sancionó la semana pasada fue la derogación de la ley 1282, que incorporó en su momento al régimen especial de jubilaciones para magistrados y funcionarios Judiciales (ley 859) a quienes ejercieron cargos de carácter electivo en los Poderes del Estado provincial.

Se trataba de una ley-decreto, que se aprobó bajo la última dictadura militar, en 1981, y que establecía los requisitos para acceder a ese régimen jubilatorio especial. Entre ellos, una antigüedad no menor de un año continuo o dos discontinuos en el cargo y un mínimo de seis años de servicios de aportes al ISSN.

La anulación de este privilegio, a futuro, fue avalada por unanimidad en la Legislatura, aunque, por el momento, la mayoría de los actuales diputados no renunciaron a él.

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